Constitución de 1812
Edición conmemorativa del Bicentenario de la primera Constitución de España
Con ocasión del bicentenario de la promulgación de la Constitución de Cádiz de 1812, y como contribución en la celebración de tan importante efemérides, se reimprime este volumen facsimilar que ahora se presenta y describe:
«Constitución política de la Monarquía española, Cádiz 1812»
Promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812”. Reimpresa de Orden Superior en Madrid: en la Imprenta Nacional de Madrid, año 1814. 120, [2] p; 8º. Encuadernación original en piel, estampada en planos y lomo, cantos dorados. Portada con grabado representando el sitio de Cádiz.
Esta reimpresión, efectuada entre la vuelta de las Cortes a Madrid, el 15 de enero de 1814 y el 4 de mayo del mismo año, fecha en que el Rey Fernando VII firma la abolición de la Constitución y de todas las medidas legislativas promovidas en Cádiz, constituye un claro exponente del momento histórico vivido entre la promulgación de la Constitución de las libertades y el restablecimiento del Antiguo Régimen absolutista que se prolongó hasta 1820.
Se trata de una edición simbólica, pues es la primera reimpresión de la Constitución con el Rey español desde la vuelta del Estado a Madrid, a principios de 1814 y la última del primer ciclo constitucional español resultando ser la primera edición controlada, realizada por el Gobierno Central y para todo el país.
Todas las primeras ediciones de la Constitución, y casi todas las que le seguirán en sus diversos periodos de vigencia, llevarán desde 1812 el pie de imprenta de la Imprenta Real (o la Imprenta Nacional cuando aquella cambie de nombre) al haber quedado reservado este privilegio al Estado por un decreto de las mismas Cortes Constituyentes gaditanas de fecha 29 de abril de 1812, paralelo a los trabajos de impresión de la primera edición anteriormente comentada.
“Decreto de las Cortes. Deseando las Cortes generales y extraordinarias que el texto de la Constitución política de la monarquía circule y llegue sin la más mínima alteración hasta las más remotas generaciones, y atendiendo además a que esta obra debe considerarse como una propiedad y patrimonio del estado, decretan: Que ningún particular, tanto en la península como de los dominios de ultramar, pueda reimprimir la Constitución política de la monarquía española, sin la previa autorización y licencia del Gobierno.
Lo tendrá entendido la Regencia del Reyno para su cumplimiento, y lo mandará imprimir, publicar y circular.
José María Gutierrez de Teran, presidente. José de Zorraquin, diputado secretario. Joaquín Díaz Caneja, diputado secretario. Dado en Cádiz a 29 de abril de 1812. A la Regencia del reyno.”
Como puede leerse en este decreto, en la mente de los representantes en Cortes no estaban solo las cuestiones de tipo crematístico por los apuros económicos en que se encontraban, sino también otros aspectos de carácter legal, de ahí que las Cortes trataran de mantener bajo el control del gobierno la perfecta edición de la norma por cuestiones de tipo político y jurídico.
Pero al abandonar el gobierno Cádiz en 1813 y trasladarse a Madrid será en la capital donde se volverán a reimprimir las nuevas ediciones del texto constitucional.
El elemento bibliográfico más novedoso de esta edición es el cambio de denominación de la Imprenta Real en poco menos de quince días, fruto del proceso de instauración del sistema liberal en ausencia de Fernando VII y con el país prácticamente libre ya del dominio francés. En este proceso de creación del nuevo estado “constitucional”, la imprenta pierde su apelativo “Real” para pasar a convertirse en imprenta “Nacional”, un término mucho más acorde con los deseos de los políticos gaditanos que aspiraban a imponer un régimen de libertades y de ciudadanos, encargándose como su antecesora de la edición de la Gaceta.
El ejemplar de la Constitución que ahora se reproduce de forma facsimilar, cobra una especial relevancia si lo situamos en el momento histórico en que vio la luz. Si bien no podemos determinar por el momento con exactitud en que día y en qué mes se reimprimió esta edición simbólica, tuvo que efectuarse forzosamente entre el traslado de las Cortes a Madrid, el 15 de enero de 1814 y la abolición de la Constitución por Fernando VII, el 4 de mayo del mismo año. Es decir, por un lado, se trata de la primera reimpresión realizada con Fernando VII ya restituido como Rey de España y por otro, estamos ante la última impresión que se efectúa dentro del primer ciclo constitucional español, que se cierra el 4 de mayo de 1814, cuando el Rey declaró la abolición de la Constitución de Cádiz. Además, al estar reimpresa en Madrid y realizada por el Gobierno Central, afectaba ya a todo el país.
CLOTILDE OLARAN MUGICA
Historiadora. Cuerpo Facultativo de Archiveros y Bibliotecarios.